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El Tiempo de Descanso Según la ley Federal para las Madres Lactantes en el Trabajo

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El Tiempo de Descanso

Según la ley Federal para las Madres Lactantes en el Trabajo

Departamento de Trabajo de los Estados Unidos
División de Salarios y Horarios
(Revisado en diciembre de 2010)
Hoja informativa Nº 73: El tiempo de descanso para las madres lactantes de conformidad con la FSLA

La presente hoja informativa ofrece información general sobre la obligación del tiempo de descanso para las madres lactantes, estipulada en la Ley de Protección al Paciente y Cuidado de Salud Asequible (Patient Protection and Affordable Care Act, PPACA), que entró en vigor cuando la PPACA fue suscrita como ley, el 23 de marzo de 2010 (P.L. 111-148). Dicha ley enmendó la Sección 7 de Ley de Normas Razonables de Trabajo (Fair Labor Standards Act, FSLA).

Obligaciones Generales
Los empleadores están en la obligación de conceder “tiempo de descanso razonable que le permita a una empleada extraer leche para su hijo lactante durante 1 año después del nacimiento del niño, cada vez que la empleada necesite extraer la leche”. Los empleadores también están en la obligación de conceder “un espacio, que no se trate de un baño, que esté fuera de la vista y libre de la intromisión de los compañeros de trabajo y del público, para que una empleada lo pueda utilizar para extraer la leche materna”.

La obligación de la FLSA de que las madres lactantes obtengan tiempo de descanso para extraer la leche materna no se antepone ante las leyes estatales que proporcionan mayores protecciones a las empleadas (por ejemplo, que proporcionan tiempo de descanso para las empleadas exentas o proporcionan tiempo de descanso posterior a un año después del nacimiento del niño).

Horario y Ubicación de los Descansos
Los empleadores están en la obligación de conceder tiempo de descanso razonable que le permita a la madre lactante extraer la leche tantas veces como sea necesario. Es probable que tanto la frecuencia de los descansos necesarios para extraer la leche como la duración de cada descanso varíen.

La Ley no permite que un baño, aunque sea privado, sea un lugar apropiado. La ubicación debe servir como un espacio para extraer la leche materna. Si el espacio no es exclusivo para el uso de la madre lactante, el mismo debe estar disponible cuando sea necesario para cumplir con los requisitos legales. Un espacio temporalmente creado o adaptado para extraer leche o puesto a disposición siempre que la madre lactante lo necesite, es suficiente siempre y cuando el espacio esté protegido de la vista y sin la intromisión de los compañeros de trabajo y del público.

 Cobertura y Remuneración
Solamente las empleadas que no estén exentas de la sección 7, que incluye los requisitos de remuneración de horas extras de la FLSA, tienen derecho a recibir descansos para extraer leche. Aunque de acuerdo con la FLSA, los empleadores no están obligados a conceder descansos a las madres lactantes que estén exentas de las obligaciones de la Sección 7, los mismos pueden estar obligados a conceder dichos descansos de conformidad con las leyes estatales.

Los empleadores con menos de 50 empleados no están sujetos a la obligación del tiempo de descanso de la FLSA si el cumplimiento de la disposición impone una dificultad excesiva. Se puede determinar si el cumplimiento de la disposición impone una dificultad excesiva cuando se observa la dificultad o el gasto que el cumplimiento tiene sobre un empleador en comparación con el tamaño, los recursos financieros, la naturaleza y la estructura del negocio del empleador. Todos los empleados que trabajan para el empleador cubierto, independientemente del lugar de trabajo, cuentan al momento de determinar si dicha exención corresponde.

La FLSA no obliga a los empleadores a compensar a las madres lactantes cuando toman los descansos para extraer leche. Sin embargo, cuando los empleadores ya conceden descansos remunerados, se le debe compensar a una empleada que usa el tiempo de descanso para extraer leche de la misma forma en la que se compensa a otros empleados durante el tiempo de descanso. Asimismo, la obligación general de la FLSA estipula que se debe relevar de sus funciones a la empleada o bien se le debe remunerar el tiempo como corresponde al tiempo de trabajo. Consulte la Hoja informativa de la División de Salarios y Horarios #22, sobre las Horas trabajadas de conformidad con la FLSA.

¿Dónde Puedo Obtener Información Adicional?
Para obtener más información, visite la página web de la División de Salarios y Horarios
http://www.wagehour.dol.gov o llame a nuestra línea telefónica gratuita, disponible de 8:00 am. a 5:00 pm. en su zona horaria:
1-866-4USWAGE (1-866-487-9243)

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